RESOLUCIÓN SSPD – 20084000002485 DE 2008
(enero 30)
Diario Oficial No. 46.888 de 31 de enero de 2008
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS
Por la cual se modifica el Anexo 001 de la Resolución número SSPD 20071300002885 del 6 de febrero de 2007.
LA SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS,
en ejercicio de sus facultades y en especial de las que le confieren las Leyes 142 de 1994 y 689 de 2001, y
CONSIDERANDO:
Que según lo dispuesto en los artículos 53 de la Ley 142 de 1994 y 14 de la Ley 689 de 2001 corresponde a la Superintendencia de Servicios Públicos, SSPD, establecer, administrar, mantener y operar el Sistema Unico de Información, SUI, que se surtirá de la información proveniente de los prestadores de servicios públicos domiciliarios;
Que en desarrollo de la mencionada función se expidió la Resolución SSPD 20071300002885 del 6 de febrero de 2007 que prevé el reporte información financiera complementaria al SUI de los prestadores de servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica, acueducto, alcantarillado, aseo, telecomunicaciones, gas natural y Gas Licuado de Petrolero (GLP), la cual tiene como plazo máximo de reporte 31 de enero de cada año;
Que mediante la Resolución número 20061300025985 del 25 de julio del 2006 en su artículo 3o prevé que la información del Plan de Contabilidad y del Sistema de Costos y Gastos por actividades por los prestadores de todos los servicios públicos domiciliarios para el primer semestre del año debe reportarse a más tardar el 31 de julio y la información con corte 31 de diciembre a más tardar el 15 de febrero del año siguiente;
Que con la finalidad de permitir la validación de la información financiera complementaria con la del Plan de Contabilidad por Servicio y Consolidado y del Sistema de Costos y Gastos por Actividades con corte a 31 de diciembre, se hace necesario compatibilizar las fechas de reporte al SUI para lo cual se requiere modificar el Anexo 001 Reporte de Información Año 2007 y en adelante de la Resolución SSPD 20071300002885 del 6 de febrero de 2007 para que sea reportada a más el 28 de febrero de cada año;
Que por lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modificar el Anexo 001 de la Resolución SSPD 20071300002885 del 6 de febrero de 2007, Reporte de Información Año 2007 en adelante, cuyos plazos y condiciones para el reporte de información financiera complementaria, son los que señalan en el Anexo 001 de la presente resolución.
ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y cúmplase.
La Superintendente de Servicios Públicos,
EVAMARÍA URIBE TOBÓN.
REPORTE DE INFORMACION AÑO 2007 EN ADELANTE.
| FORMATO | SERVICIO | PERIODICIDAD | INFORMACION A REPORTAR | FECHA LIMITE DE REPORTE | |
| A1 | CUENTAS POR COBRAR | ENERGIA ELECTRICA, GAS NATURAL. GLP. ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO, ASEO. TELEFONIA. | SEMESTRE | A JUNIO 30 | 31 DE JULIO DE CADA AÑO |
| ANUAL | A DICIEMBRE 31 | 28 DE FEBRERO DEL AÑO SIGUIENTE | |||
| A2 | CUENTAS POR PAGAR | ENERGIA ELECTRICA, GAS NATURAL. GLP. ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO, ASEO. TELEFONIA. | SEMESTRE | A JUNIO 30 | 31 DE JULIO DE CADA AÑO |
| ANUAL | A DICIEMBRE 31 | 28 DE FEBRERO DEL AÑO SIGUIENTE | |||
| A3 | FLUJO DE CAJA | ENERGIA ELECTRICA, GAS NATURAL. GLP. ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO, ASEO. TELEFONIA. | ANUAL | Flujo de Caja Real año anterior. Flujo de Caja proyección 5 años incluyendo año reporte. | 28 DE FEBRERO DEL AÑO SIGUIENTE |
| A4 | ESTADO DE RESULTADOS PROYECTADO | ENERGIA ELECTRICA, GAS NATURAL. GLP. ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO, ASEO. TELEFONIA. | ANUAL | Proyección 5 años incluyendo año reporte. | 28 DE FEBRERO DEL AÑO SIGUIENTE |
| A4 | BALANCE GENERAL PROYECTADO | ENERGIA ELECTRICA, GAS NATURAL. GLP. ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO, ASEO. TELEFONIA. | ANUAL | Proyección 5 años incluyendo año reporte. | 28 DE FEBRERO DEL AÑO SIGUIENTE |